Hacienda endurece el control bancario en 2026: Todo sobre el Real Decreto 253/2025

Dos asesores fiscales de EDIGITAX analizando la nueva normativa de control bancario y Bizum de Hacienda para 2026 en una oficina.

 

El control bancario y fiscal sobre el patrimonio y los movimientos financieros dará un salto cualitativo el próximo año. A partir del 1 de enero de 2026, entra en vigor un nuevo marco normativo derivado del Real Decreto 253/2025, que introduce importantes novedades y obliga a las entidades financieras a suministrar información mucho más detallada a la Administración Tributaria.

 

En EDIGITAX Asesores hemos analizado la normativa para explicarte cómo afectará a tu empresa o actividad profesional, especialmente en lo relativo al uso de tarjetas y plataformas de pago como Bizum.

 

¿Quiénes están obligados a informar a Hacienda?

Hasta ahora, asociábamos esta obligación principalmente a los bancos tradicionales. Sin embargo, la nueva norma amplía el ámbito subjetivo. Desde el 1 de enero de 2026, la obligación de informar se extiende también a las entidades de pago y entidades de dinero electrónico.

 

Esto significa que la normativa afecta a todas las entidades que desarrollen servicios en España, incluidas las extranjeras que operen sin establecimiento permanente, siempre que se dirijan a residentes (personas físicas o jurídicas) en territorio español.

 

El fin del secreto: ¿Qué datos exactos se comunicarán?

El ámbito objetivo de la norma se endurece para abarcar un conjunto más amplio de productos financieros. Las entidades deberán informar sobre:

1. Todo tipo de cuentas

Ya no se trata solo de las cuentas corrientes habituales. La vigilancia abarca cuentas de ahorro, imposiciones a plazo, cuentas de crédito, cuentas de pago y cualesquiera otras, independientemente de su denominación o de si generan retribución.

 

2. Préstamos y Créditos

Se informará de los saldos existentes a 31 de diciembre de los créditos y préstamos concedidos por las entidades, siempre que el importe sea superior a 6.000 euros.

 

3. Movimientos de efectivo

El control sobre el efectivo sigue siendo prioritario. Se notificará cualquier movimiento (imposiciones, disposiciones, cobros) superior a 3.000 euros realizado en moneda metálica o billetes, sin importar el medio físico o electrónico utilizado. Esta obligación sobre movimientos de efectivo afecta también a las entidades de dinero electrónico y de pago.

 

 

El gran cambio para autónomos: Adiós al límite en Bizum y Tarjetas

Quizás el punto más crítico para empresarios y profesionales es el cambio radical en el reporte de cobros por medios digitales. Las entidades deben suministrar información a la AEAT de los cobros realizados por empresarios o profesionales mediante tarjeta y otros medios como el Bizum.

 

¿Qué implica esto para tu negocio?

  • Sin límite de importe: A partir de 2026 desaparece el límite de 3.000 euros anuales. Se deberá informar de cualquier cobro realizado por empresarios o profesionales por estos medios, cualquiera que sea su importe.

     
  • Tipos de tarjetas: Se incluyen los cobros realizados con cualquier tarjeta, ya sea de crédito, débito o recargable.

     
  • Información mensual: Los bancos reportarán información mensual acumulada de cada empresario; no se remitirá la información operación a operación.

     
  • Solo profesionales: Es importante destacar que solo se reportarán los cobros recibidos por empresarios y profesionales establecidos en España, quedando excluidos los cobros entre particulares.

     
 

Nueva periodicidad: De anual a mensual

La periodicidad del suministro de información pasa de ser anual a mensual. No obstante, la información económica detallada (saldos y movimientos anuales) se facilitará en la declaración correspondiente al último periodo mensual del año.

 

Adicionalmente, se introduce la obligación de presentar una declaración informativa anual sobre operaciones con tarjetas, excluyendo aquellas cuyo importe total de cargos y abonos no supere los 25.000 euros.

 

 

Conclusión: Anticípate con EDIGITAX

La entrada en vigor de este Real Decreto supone un escenario de mayor transparencia para las actividades económicas. Para los autónomos y empresas, es más crucial que nunca mantener una contabilidad rigurosa que coincida con los datos que los bancos suministrarán automáticamente a Hacienda.

Si tienes dudas sobre cómo separar tus cuentas personales de las profesionales o cómo gestionar tus cobros ante este nuevo escenario, en EDIGITAX Asesores estamos listos para ayudarte.

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